Falla juez a favor de ejidatarios y ordena a padre de candidata a alcaldesa del PRI devolver 90 hectáreas

 

El juez primero civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ixtlahuaca dio a José Guadalupe Real Pedraza, padre de Dora Elena Real Salinas, candidata del PRI a la alcaldía de San Felipe del Progreso, un plazo de ocho días contados a partir de la notificación para desocupar y entregar, de manera voluntaria, las 90 hectáreas del rancho “El Cristo” a los ejidatarios de Las Salinas reconocidos como sus legítimos propietarios.

De no hacerlo, el acuerdo tomado el pasado 18 de junio establece que se procederá por la vía del apremio, es decir, la ejecución de la sentencia por mandato judicial.

Este rancho fue adquirido por el ejido Las Salinas el 28 de marzo de 1960 con el dinero de la indemnización por la expropiación de sus tierras en 1945 para edificar la zona industrial Vallejo.

La compra quedó  inscrita el 10 de septiembre de ese año ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Ixtlahuaca bajo el asiento registral 129 y fue certificada por el notario público 120 del entonces Distrito Federal, Efraín Lazos.

No obstante, entre 1988 y 1990, aprovechando su encomienda como representante de la Reforma Agraria y la de su esposa Emma Salinas como alcaldesa, según lo exponen los ejidatarios, Real Pedraza tomó posesión física del terreno, cuya propiedad hoy ampara en un juicio de usucapión –la sentencia en su favor fue emitida por el juez Felipe Álvarez Chávez– que presuntamente ganó a Rodolfo Mata Cruz, uno de los ejidatarios ya fallecido.

En contraste, el 18 de septiembre pasado, al resolver el expediente 462/2015, la justicia de la Unión amparó y protegió a los ejidatarios, pero a la fecha ningún juez les había dado posesión del rancho con el argumento de que hay supuestos nuevos compradores que han promovido diversos amparos en curso.

Según ejidatarios, no existen documentos que amparen esa compra-venta, que además viola la sentencia del 5 de octubre de 1993 emitida por el Tribunal Unitario Agrario, en el sentido de que debía suspenderse todo trámite relacionado con la venta, escrituración o cualquier otro acto jurídico tendiente a modificar el estado legal del rancho.

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